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COAG llama al paro agrario este lunes y convoca a los agricultores a la manifestación en Madrid

La organización agraria COAG apoya la jornada de protesta que tendrá lugar este lunes en la capital de España para exigir al Gobierno que no se recorte, una vez más, los ya ajustados aportes de agua al sureste peninsular -y a la Región de Murcia- que proporciona el trasvase Tajo-Segura. Para que la jornada de protesta en Madrid pueda contar con la presencia de los profesionales del agro murciano, COAG llama al para agrario en la Región para este lunes, día 24 de mayo.


La Organización agraria COAG, en su calidad de entidad Estatal miembro en el Consejo Nacional del Agua, ya voto “no” a un nuevo ajuste en el trasvase Tajo-Segura, y su posición es firme a nivel Estatal.

COAG Murcia advierte de que con la inminente aprobación del Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 773/2014, se pretende consumar un recorte adicional muy severo de derechos de agua del Trasvase Tajo-Segura, que supondrá un nuevo grave golpe a la economía murciana, con la pérdida de más de un 30% de agua para riego que provenía de este trasvase esencial para nuestro sector agrario, con su correspondiente merma en la actividad agroalimentaria y en el empleo en la Región.

Con el Real Decreto que se tramita, el Nivel 1 de trasvase se dará cuando las existencias conjuntas en Entrepeñas y Buendía sean iguales o mayores que 1.300 hm3 (100 hm3 más de lo establecido ahora), o cuando las aportaciones conjuntas entrantes a estos embalses en los últimos doce meses sean iguales o mayores que 1.400 hm3 (100 hm3 más que en la actualidad). Mientras que las condiciones para el Nivel 2 se darán cuando las existencias conjuntas de Entrepeñas y Buendía sean inferiores a 1.300 hm3 (100 hm3 más que lo ahora fijado), sin llegar a los volúmenes previstos en el Nivel 3, y las aportaciones conjuntas registradas en los últimos doce meses sean inferiores a 1.400 hm3 (200 hm3 más que ahora), con la agravante de que para este caso, el único que se está produciendo en la práctica, el órgano competente autorizará un trasvase mensual de 27 hm3 (cuando hasta ahora son 38 hm3).

Considerando que, tal y como dispone la Disposición Adicional 5 de la Ley 21/2015 de 20 de julio, de los volúmenes trasvasados desde el Tajo al Segura, habría de destinarse un 25% para consumo humano y un 75% para riego, siempre con un mínimo de 7,5 hm3 para uso de boca, nos encontramos con una merma extremadamente severa en el riego, que no lograría los caudales necesarios, toda vez que el uso urbano no está registrando incidencias; con una cantidad en Nivel 2 que se quedaría, para riego, en tan solo 19,5 hm3, frente a los 28.5 hm3 que se obtienen en la actualidad: una ajuste de 9 hm3, un 31,60% menos.

Si bien es cierto que las masas de agua de los embalses de Entrepeñas y Buendía han experimentado un descenso en los últimos años, esta coyuntura ya estaba prevista con los distintos niveles establecidos por consenso hace 7 años y plasmados en el Real Decreto 773/2014: con un Nivel 3, sin aportaciones asignadas sino discrecionales, y un Nivel 4, que bloqueaba las aportaciones y que ahora no se modifican, por considerarse suficientemente restrictivos. No se comprende que se establezcan restricciones en los Niveles 1, que se ha producido sólo en 16 de los últimos 300 meses, y en el Nivel 2, que es, realmente, en el que se sustancian las aportaciones sobre valores que parecieron muy razonables a todas las partes en el año 2014.

COAG Murcia considera que se está aprovechando una coyuntura de menor volumen de agua en Entrepeñas y Buendía para consolidar un recorte permanente en la cuantía de los trasvases; aunque dándose la paradoja de que en estos momentos estos pantanos registran su volumen más elevado de los últimos años, con 890 hm3. Estando garantizados los mínimos tanto por el Nivel 3 como, muy especialmente, por el Nivel 4, no hay ninguna justificación para imponer un nuevo marco, sin ningún consenso, y por procedimiento de urgencia, usando un Real Decreto, instrumento reservado para casos de urgente y extrema necesidad, circunstancias que no se observan, y que no pueden aplicarse a los derechos regulados en el Título I de la Constitución (donde se contempla, en el artículo 45, que los podres públicos velarán por la utilización racional de los recursos naturales, apoyándose en la solidaridad colectiva).

Este nuevo Real Decreto, al no gozar de una justificación sólida ni en lo medioambiental ni en lo técnico, pretende reforzar su utilidad y urgencia con argumentos especialmente endebles y torticeros, puesto que en su justificación se asegura que: “se consigue una mayor regularidad en los envíos, al tiempo que se mantiene un trasvase medio anual similar a la media de los volúmenes totales trasvasados para abastecimiento y regadío durante el periodo completo de funcionamiento del trasvase” argumentos que suenan a burla para los regantes, dado que los niveles estaban establecidos con claridad y no añadían incertidumbre adicional a la hidrológica, nada ajeno al sector agrícola, mientras que este arbitrario y súbito recorte, sí abre un periodo de inseguridad jurídica entre los que ven modificados sus derechos de forma abrupta.

El agua, como un bien de dominio público de titularidad Estatal,  ha de administrarse bajo criterios de racionalidad y solidaridad, así lo determina la Constitución Española; mientras que con este Real Decreto se quiebra la confianza de los territorios que, como Murcia, mejor rendimiento son capaces de extraer del agua y que, en correspondencia, son solidarios en todos los ámbitos de responsabilidad que les corresponde con el resto del Estado. * Texto remitido en el que se respeta el contenido íntegro, la redacción y la ortografía, con excepción del titular y de la entradilla

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