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El gobierno regional prohíbe el uso de fertilizantes nitrogenados en la zona 1 del Mar Menor

El ejecutivo aprueba el Decreto-ley de modificación de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de Recuperación y Protección del Mar Menor. El área abarca una franja de kilómetro y medio en la que sólo se permitirán utilizar productos orgánicos. Las sanciones se fijan entre cinco y cincuenta mil euros.

  📌 El texto recoge también la reducción de plazos en la tramitación de expedientes sancionadores y de restitución de terrenos a su estado original



El Consejo de Gobierno aprobó hoy, en reunión extraordinaria, el Decreto-ley de modificación de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de Recuperación y Protección del Mar Menor, que prohíbe el uso de cualquier tipo de fertilizantes con nitrógeno inorgánico o de síntesis en la zona 1 del Mar Menor durante los dos próximos años, o hasta que se habiliten las infraestructuras necesarias para encauzar el agua de las ramblas.

El consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Antonio Luengo, informó de que se trata de "limitar el aporte de nitrógeno a los cultivos para eliminar o reducir al máximo los arrastres que se producen en los episodios de grandes lluvias. El incumplimiento de la prohibición se considerará sanción grave, y supondrá una multa que oscilará entre los 5.001 y 50.000 euros".

De esta forma, y manteniendo las restricciones más estrictas que ya existían dentro de la franja de 1.500 metros, la prohibición de fertilización nitrogenada se hace extensiva a toda la zona 1 del Mar Menor. Se permite el uso de fertilizantes orgánicos, que contengan en su composición nitrógeno, tales como acondicionadores de suelo autorizados en agricultura ecológica, o soluciones a base de microorganismos como los fijadores de nitrógeno atmosférico o similares, o capaces de aumentar sus poblaciones en el suelo, en las dosis máximas establecidas en los distintos preceptos de la Ley.

Por otro lado, el texto incluye una modificación de los trámites administrativos referentes a la tramitación de expedientes sancionadores y de restitución de terrenos a su estado original, una vez que la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) lo haya comunicado formalmente, tras haber tramitado el correspondiente expediente de regadío ilegal en el ámbito del Mar Menor. "Damos un importante paso para dotar de mayor eficacia y agilidad a los procesos contra infractores", aseveró Luengo.

En materia de sanciones se reduce de nueve a seis meses el plazo para resolver y notificar expedientes y de seis a tres meses el periodo para restablecer la legalidad.

En lo relativo a restituir los terrenos objeto de sanción por regadío ilegal por parte de la CHS, "el cese del riego es competencia única de la Confederación Hidrográfica del Segura", precisó el consejero. La norma recoge que se reduce de seis a tres meses el tiempo para resolver y notificar a los infractores, de cinco a tres meses el plazo para la imposición de multas coercitivas o de dos meses a uno el tiempo estimado para ejecutar de manera subsidiaria la restitución.

"Es un Decreto ley que fija mejoras y avances en la protección del Mar Menor, que responde a una problemática concreta y con la que avanzamos en la aplicación de medidas en origen para proteger al ecosistema", valoró el titular de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

"Actuar en origen es aplicar la Ley del Mar Menor, una norma que regula como deben llevar a cabo sus actividades los sectores agrícola, ganadero o pesquero; la ordenación del territorio; el turismo; y el urbanismo, entre otros aspectos. En el caso concreto de la agricultura, regula la forma en la que los agricultores del entorno del Mar Menor deben cultivar para reducir los aportes al acuífero o al ecosistema", añadió Luengo.

El Decreto-ley cuenta con un artículo único que recoge las modificaciones pertinentes, y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.


ASAMBLEA REGIONAL

Luengo comparecerá ante el pleno de la Asamblea Regional el 1 de septiembre para informar sobre la crisis del Mar Menor

La Junta de Portavoces de la Asamblea Regional ha acordado, por unanimidad, la comparecencia de Antonio Luengo, consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente en un pleno extraordinario que se celebrará el 1 de septiembre, a partir de las 10 horas.

Luengo comparecerá en la Cámara a petición del Grupo Socialista "para que dé explicaciones sobre la situación actual del Mar Menor tras la aparición en los últimos días de miles de peces muertos en las playas, las causas y medidas a adoptar ante esta grave situación", y a petición propia, "para informar de las actuaciones concretas que el Gobierno regional está llevando a cabo en el Mar Menor y su entorno, así como de la negativa del Gobierno de España a ejecutar las actuaciones recogidas en el Plan Vertido 0, necesarias para conservar y recuperar el Mar Menor y, en consecuencia informar de la denuncia que se va a presentar ante la Fiscalía por esta inacción".

Asimismo, la Junta de Portavoces, con los votos en contra de los Grupos Parlamentarios Popular, Ciudadanos y Vox, ha rechazado la solicitud registrada por el Grupo Mixto para la comparecencia de Fernando López Miras, presidente del Consejo de Gobierno, "para que dé explicaciones con urgencia de que está haciendo el Gobierno regional para solucionar la catástrofe ecológica del Mar Menor".

Previamente a la celebración de la Junta de Portavoces se han reunido la Diputación Permanente para solicitar la apertura de periodo extraordinario de sesiones y aceptar las iniciativas presentadas por los Grupos Parlamentarios, y la Mesa de la Cámara para decidir sobre la admisión a trámite de dichas iniciativas.





OTRAS NOTAS DE PRENSA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA:

Inicio de la solicitud al Estado del traspaso de competencias en materia de cuencas internas
 
El Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, ha aprobado el inicio de los trámites necesarios para solicitar al Estado el traspaso a la Comunidad de las competencias en materia de ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos de las aguas superficiales y subterráneas que discurran o se hallen íntegramente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.
 
Esta solicitud tiene como objetivo hacer efectivo lo contemplado en el artículo 10.8 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia y permitirá a la Comunidad asumir la gestión de los cauces, ramblas y escorrentías cuyas aguas vierten en la cuenca del Mar Menor.
 
Ese traspaso en materia de cuencas intracomunitarias permitirá a la Comunidad asumir las competencias que corresponden a los organismos de cuenca. En concreto, corresponderían a la administración hidráulica de la Comunidad Autónoma las siguientes tareas:
 
- La elaboración, seguimiento y revisión del plan de cuenca intracomunitario.
- La administración y control del dominio público hidráulico y de los aprovechamientos de interés general.
- Las funciones administrativas relativas a la conservación y a la policía de las aguas y sus cauces.
- El apeo y deslinde de los cauces.
- La determinación del régimen de explotación de los embalses establecidos en los ríos de esa cuenca interna.
- La limitación temporal del uso del dominio público hidráulico para garantizar su explotación racional.
- La declaración de sobreexplotación de los acuíferos subterráneos.
- La realización de ofertas públicas de adquisición de derechos de uso en los bancos de agua legalmente autorizados
-La protección de aguas subterráneas frente a intrusiones salinas de origen continental o marítimo.
- La intervención en las instalaciones de depuración de aguas residuales.
- La promoción de la protección de zonas húmedas.
- La gestión y la recaudación, en su caso, de todas las exacciones (impuestos, multas, deudas…) relativas al dominio público hidráulico.
 
Salvo que se trate de obras y actuaciones de interés general del Estado, a la Comunidad Autónoma le incumben también las competencias para:
- El otorgamiento de concesiones y aprovechamientos, así como la inspección y vigilancia del cumplimiento de sus condiciones.
- La autorización de contratos de cesión de derechos de aprovechamientos y de investigación de aguas subterráneas
- El otorgamiento, la renovación o la modificación de autorizaciones de vertido.
- La imposición y revisión de las servidumbres forzosas previstas en la Ley.
- Y la potestad sancionadora en infracciones leves y menos graves.
 
Para iniciar este proceso de traspaso de competencias, el Gobierno regional realizará la solicitud formal correspondiente ante el Ministerio de Política Territorial y Función Pública y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
 
De este acuerdo se dará cuenta a la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado – Región de Murcia, órgano en el que se deben acordar las condiciones del traspaso de esas nuevas competencias para la Comunidad.
 
Actualización de representantes del Ejecutivo en la Comisión de Transferencias Estado-Comunidad
 
El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy un Decreto por el que se designan los representantes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma.
 
El decreto aprueba la composición de esa Comisión Mixta con el Estado y actualiza la designación de los representantes del Ejecutivo regional.
 
Así, se designa como vicepresidente de la Comisión Mixta de Transferencias del Estado a la Comunidad Autónoma al consejero de Presidencia, Turismo y Deportes, y como vocales a los consejeros de Economía, Hacienda y Administración Digital, de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medioambiente, y de Transparencia, Participación y Administración Pública.
 
Una vez actualizados los integrantes de esta Comisión Mixta, el Consejo de Gobierno ordenará que se inicien todas las gestiones necesarias para realizar la convocatoria de la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado – Región de Murcia para iniciar el proceso de traspaso de las competencias sobre las cuencas internas de la Región.


🖌️ Texto remitido en el que se respeta íntegramente contenido, redacción y ortografía, salvo en el titular y en la entradilla del artículo

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